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ToggleSe han cumplido cinco años desde la entrada en vigor del «Real Decreto por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios».
El Real Decreto 235/2013 entró en vigor en junio de 2013, como una obligación derivada de la normativa europea. En él se establecía la obligación al promotor o propietario de una vivienda o local en régimen de venta o alquiler, a disponer del certificado de eficiencia energética o certificado energético.
El certificado es el resultado de un proceso de calificación energética, llevado a cabo por un técnico cualificado, mediante la utilización de programas informáticos, que recogen los datos de la envolvente e instalaciones del edificio.
De ellos se obtiene un valor que expresa la eficiencia energética del mismo mediante unos indicadores, que en el caso de España son el consumo de energía en kWh/m2 año y las emisiones de Kg CO2/m2 año, y que se sitúan en una escala de la A a la G (de más a menos eficiente). Estos valores quedan reflejados gráficamente en la Etiqueta energética emitida por el organismo competente para el registro del certificado energético en cada Comunidad Autónoma.
Tras cinco años de la entrada en vigor de la normativa, se han realizado más de 3 millones de certificados energéticos, en su mayoría de edificios existentes al haber disminuido el volumen de obra nueva. Mientras que en estas nuevas viviendas, debido a las exigencias del Código Técnico de la Edificación en eficiencia energética, el resultado es de calificaciones más altas (las categorías A, B y C ya suponen más de la mitad del total) no ocurre así en el parque construido con anterioridad al CTE, donde la letra predominante es la E en la mayoría de las regiones.
Aunque después del tiempo transcurrido hay más concienciación, todavía hay muchas reticencias y desconocimiento al respecto del certificado, en lugar de ser un elemento más a tener en cuenta a la hora de elegir una vivienda, puesto que su calificación energética nos va a determinar el gasto anual en calefacción, aire acondicionado y agua caliente sanitaria, pudiendo llegar a ser el doble de la media en las viviendas con peores calificaciones.
El hecho de que las subvenciones destinadas a la eficiencia energética exijan que las obras propuestas objeto de la ayuda pública suban la calificación del inmueble, hace que la ciudadanía tome más conciencia de las medidas de mejora que se proponen en los certificados de edificios existentes, como pueden ser las que se proponen con más asiduidad en los certificados para mejorar su calificación energética:
- Inclusión o aumento de aislamiento térmico en la envolvente térmica (fachadas, cubiertas y suelos).
- Mejora de huecos (carpinterías y vidrios).
- Eliminación de puentes térmicos.
- Introducción de energías renovables para calefacción/aire acondicionado y agua caliente sanitaria.
En las páginas web del Ministerio para la transición ecológica y la del IDAE (Instituto para la diversificación y el ahorro de energía) se puede obtener más información relativa a la certificación energética, así como los programas de calificación energética, entre los que se encuentran algunos nuevos programas reconocidos.
Autora: Sara Picazo Pradillo. Docente del Máster en Energías Renovables y Eficiencia Energética de EADIC
Descubre la implementación de metodologías de aprovechamiento y eficiencia energética en España, asistiendo al Programa Internacional de Inmersión en Empresas y Grandes Proyectos de Energías Renovables.