El pasado 14 de diciembre el Parlamento Europeo aprobó el pilar de mercado de la reforma del transporte por ferrocarril en la Unión Europea, que se recoge en el Cuarto Paquete Ferroviario.
La aprobación de este pilar de mercado o político se suma a la del denominado pilar técnico, ya aprobado, que contempla la unificación de los estándares y procedimientos del transporte por ferrocarril en cada país y cubre ámbitos como la interoperabilidad, la seguridad o el papel de la Agencia Europea Ferroviaria (ERA), como entidad responsable de la emisión de autorizaciones para material rodante y certificados de seguridad para operadores.
Con esta aprobación, los operadores ferroviarios podrán ofrecer nuevos servicios comerciales en líneas nacionales a partir del 14 de diciembre de 2020. La licitación se convertirá en el método estándar de adjudicación de nuevos contratos de servicio público a partir de diciembre de 2023, con algunas excepciones.
Conforme a ello, los contratos públicos para suministrar servicios ferroviarios de viajeros en los países de la Unión Europea tendrán que ser licitados. El objetivo es impulsar la inversión y el desarrollo de nuevos servicios comerciales.
De acuerdo a las nuevas reglas, cuando las autoridades nacionales adjudiquen contratos pblicos para el transporte por ferrocarril de viajeros, la licitación abierta, accesible a todos los operadores ferroviarios de la Unión Europea, debe convertirse progresivamente en el procedimiento estándar para seleccionar a los proveedores de servicios.
La licitación pública de estos contratos, que representan aproximadamente dos tercios de los servicios ferroviarios de pasajeros de la Unión Europea, impulsará a las operadoras a centrarse en la atención al cliente y redundará en una reducción de costes para los contribuyentes.
Las autoridades nacionales podrán seguir adjudicando contratos directamente, sin concurso, pero garantizando mejoras a los viajeros o aumentos de la eficiencia económica del servicio. Los contratos adjudicados sin licitación previa deberán incluir requisitos de rendimiento, como puntualidad y frecuencia de los servicios, calidad del material rodante y capacidad de transporte.
La adjudicación directa será posible para los denominados contratos “de minimis”, cuando el valor medio anual o la prestación anual de transporte de viajeros sea inferior a 7,5 millones de euros o 500.000 kilómetros, respectivamente.
Asimismo, cualquier operador podrá ofrecer sus servicios en otros mercados de transporte por ferrocarril de viajeros de la Unión Europea, si bien los Estados miembros podrán restringir el acceso de nuevos operadores a ciertas líneas si desean mantener un contrato público.
En ese caso, el regulador nacional tendrá que efectuar un análisis económico que demuestre la necesidad de limitar la apertura a la competencia. Los posibles conflictos de intereses tendrían que ser evaluados para garantizar la imparcialidad de los gestores de las infraestructuras y asegurar un acceso equitativo a la instalación viaria y las estaciones a todos los operadores.
Con la aprobación del Cuarto Paquete Ferroviario se eliminan los últimos obstáculos a la creación de un espacio ferroviario único, que contribuirá a crear un sector ferroviario más competitivo y al aumento del uso del transporte por ferrocarril.
Autor: Jesús Javier Fernández, profesor del Máster en Logística y Transporte y del Curso de Transporte por Ferrocarril